jueves, 16 de diciembre de 2010

Tribunal Europeo de Derechos Humanos


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que Irlanda violó los derechos de una mujer que sufre de cáncer al negarle la posibilidad de que se le practicara un aborto.
El tribunal en Estrasburgo decidió que las restricciones impuestas por las autoridades irlandesas violan los derechos humanos de la mujer vinculados a su vida privada, al no implementar el derecho constitucional existente a un aborto legal en Irlanda.
La mujer debió viajar al Reino Unido para someterse a un aborto.
Así aparece la noticia en un medio bastante contrario al aborto.
Con fecha de 16 de diciembre la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de confirmar que, de acuerdo con la Convención Europea, “no existe un derecho humano al aborto” y que la prohibición constitucional del aborto en Irlanda respeta las disposiciones de dicha Convención.
El fallo ha sido dictado en fecha 16 de diciembre, por el Tribunal de Estrasbrgo en el caso A.B. and C. v. Irlanda (Caso nº 25579/05) y en él se reconoce expresamente la protección del “derecho a la vida del no nacido” (§ 233), tal y como se lleva a cabo en la ley irlandesa, basada, según afirma la sentencia “en la profunda visión moral del pueblo de Irlanda respecto a la naturaleza de la vida” (§ 241).
Parece otra noticia y sin embargo es la misma. Las noticias en los medios dependen de quien las publique, pero lo importante es quien hay detrás de la noticia.

1 comentario:

  1. ¿Quien legisla en Europa? ¿Quien determina los derechos humanos de los europeos? ¿A quien vamos a votar en las próximas elecciones al Parlamento europeo?
    Sigo sin entender como hay ciudadanos que no dan importancia al voto.

    ResponderEliminar